Calculadora de aguinaldo 2026

Cuánto te toca por ley, cuánto ISR te van a retener y cuánto te llega de verdad. Con la parte proporcional si no trabajaste el año completo.

Esta herramienta necesita JavaScript para funcionar. Actívalo y recarga la página.

Tu sueldo

¿Cada cuándo lo cobras?

Tiempo trabajado en 2026

¿Trabajaste todo el año?
Descontar días que no cuentan

Tu aguinaldo

Te corresponden

y te llegan después del ISR

Salario diario
Tiempo
ISR retenido
Parte exenta (hasta 30 UMA)
Parte que paga ISR

Fecha límite: 20 de diciembre de 2026. Si no te lo pagan, puedes reclamarlo durante un año.

100 % privado — tu sueldo se calcula en tu dispositivo y no se sube a ningún servidor.

Anuncio

De dónde sale ese número

El mismo camino que sigue tu nómina, con tus cifras.

Escribe tu sueldo y aquí aparecerá el cálculo entero, paso por paso.

Cómo funciona

Tres datos y ya sabes cuánto te va a llegar.

  1. Pon tu sueldo

    Lo que cobras al mes, a la quincena, a la semana o al día. La calculadora saca tu salario diario.

  2. Di cuánto trabajaste

    Si entraste o saliste este año, pon las fechas y te toca la parte proporcional.

  3. Mira el neto

    Lo que te corresponde, lo que se lleva el ISR y lo que llega a tu cuenta, con cada paso a la vista.

Cómo se calcula el aguinaldo

El aguinaldo es una prestación obligatoria para todos los trabajadores con patrón, sin importar si son de planta, eventuales o de confianza. La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 87, fija el mínimo: 15 días de salario por un año completo, pagados a más tardar el 20 de diciembre.

1. Tu salario diario

Se usa el salario diario ordinario: el sueldo base, sin horas extra, comisiones variables, bonos ni vales de despensa. Si cobras por mes se divide entre 30; por quincena, entre 15; por semana, entre 7.

2. Los días que te tocan

Salario diario × días de aguinaldo. Con un sueldo de 12,000 pesos al mes, el salario diario es de 400 pesos y el aguinaldo mínimo, de 6,000 pesos. Si tu contrato da 30 días, serían 12,000.

Si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional: el aguinaldo completo multiplicado por los días trabajados y dividido entre 365. Da igual que hayas entrado en octubre o que te hayas ido en marzo: esa parte es tuya y la empresa tiene que pagarla, en diciembre o en tu finiquito.

Anuncio

3. El ISR del aguinaldo

El aguinaldo está exento de ISR hasta 30 UMA. En 2026 la UMA diaria vale 117.31 pesos, así que los primeros 3,519.30 pesos no pagan nada. Sólo lo que pase de esa cantidad se suma a tus ingresos y paga ISR.

Para retenerlo, la empresa puede elegir entre dos métodos. El del artículo 174 del Reglamento del ISR reparte el aguinaldo a lo largo del año, como si fuera un pedacito más de sueldo cada mes, y aplica la tasa que te toca por tu sueldo. Casi siempre retiene menos, y por eso lo usan la mayoría de las nóminas. El método normal suma todo el aguinaldo gravado al sueldo de diciembre, lo que te sube de tramo y retiene algo más. La calculadora te enseña los dos.

Ninguno de los dos es un impuesto distinto: son formas de adelantar el ISR del año. Si te retienen de más, lo recuperas en la declaración anual.

Si no te lo pagan

Pídelo primero por escrito. Si no llega, la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) te asesora y te representa sin costo. Tienes un año para reclamarlo, contado desde el día en que debieron pagártelo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo me tienen que pagar el aguinaldo?

A más tardar el 20 de diciembre. Lo dice el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. La empresa puede pagarlo antes, o en partes, pero el total tiene que estar pagado ese día.

¿Cuántos días de aguinaldo me tocan?

Por ley, al menos 15 días de salario por un año completo trabajado. Muchas empresas dan más, por ejemplo 20 o 30 días, y eso lo dice tu contrato o el contrato colectivo. Los trabajadores del gobierno federal tienen 40 días.

¿Me toca aguinaldo si entré a trabajar este año?

Sí, la parte proporcional al tiempo trabajado. Si entraste el 1 de julio, te tocan 184 días de 365, es decir, alrededor de la mitad del aguinaldo completo. En la calculadora marca «Solo una parte» y pon tu fecha de entrada.

¿Me toca aguinaldo si renuncié o me despidieron?

Sí. La parte proporcional del aguinaldo se paga siempre, aunque ya no trabajes ahí el 20 de diciembre: forma parte de tu finiquito. Marca «Solo una parte» y pon como fecha final tu último día de trabajo.

¿El aguinaldo paga ISR?

Sólo lo que pase de 30 UMA. En 2026 la UMA diaria es de 117.31 pesos, así que los primeros 3,519.30 pesos del aguinaldo están exentos. Del resto la empresa retiene ISR. La mayoría de los aguinaldos pequeños no pagan nada o casi nada.

¿Por qué hay dos cifras de ISR?

Porque la ley deja a la empresa elegir entre dos formas de calcular la retención. La del artículo 174 del Reglamento del ISR reparte el aguinaldo como si fuera un sueldo más y casi siempre retiene menos, por eso es la que se muestra primero. La normal lo suma al sueldo del mes y retiene algo más. En la declaración anual las cuentas se ajustan igual.

¿Qué salario se usa para calcular el aguinaldo?

El salario diario ordinario, sin horas extra, bonos ni vales. Si cobras por mes se divide entre 30, si cobras por quincena entre 15 y si cobras por semana entre 7.

¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?

Pídelo primero por escrito a la empresa. Si no lo pagan, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) te asesora gratis y puede representarte. Tienes un año para reclamarlo, contado desde que debió pagarse.

¿Se guardan mis datos?

No salen de tu dispositivo. Lo último que escribes se guarda en la memoria de tu propio navegador para que lo tengas al volver, y lo puedes borrar con «Empezar de cero». Nada se envía a ningún servidor.

Más herramientas

Todas gratis, todas dentro de tu navegador.

    Ver el listado completo.