GUÍA·01Trabajo y nómina · México8 min de lecturaRevisada el 4 de octubre de 2026

¿Quién tiene derecho a aguinaldo?

Eventuales, medio tiempo, comisionistas, trabajadoras del hogar, honorarios, repartidores de apps y burócratas: a quién le toca, cuánto y cómo se calcula en cada caso, según la Ley Federal del Trabajo.

Por Paul Ivan Garcia Mora ·

La regla: si tienes patrón, te toca

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo no hace distinciones: todas las personas trabajadoras tienen derecho a un aguinaldo anual de al menos 15 días de salario, pagado a más tardar el 20 de diciembre. No importa si eres de planta o eventual, si entraste hace un mes o si llevas veinte años.

Lo que decide si te toca no es el nombre de tu contrato, sino cómo es tu trabajo en la realidad. Hay relación de trabajo cuando trabajas para alguien que te dice qué hacer, cuándo y dónde a cambio de un pago (la ley lo llama subordinación). Si eso pasa, la ley da por hecho que hay contrato de trabajo aunque no hayas firmado nada (artículos 20 y 21).

Por eso la pregunta útil no es «¿qué dice mi contrato?», sino otras más sencillas: ¿tengo horario?, ¿tengo un jefe que me da instrucciones?, ¿uso el uniforme, el equipo o el local de la empresa?, ¿me pagan cada semana o cada quincena? Si contestas que sí a casi todas, eres trabajador y el aguinaldo es tuyo.

Caso por caso

Éstas son las situaciones que más dudas generan. En cada una, el veredicto y la forma de calcularlo.

Sí Eventuales, por obra, por temporada o a prueba

Te toca la parte proporcional a los días que trabajaste en el año: los 15 días de aguinaldo, multiplicados por los días trabajados y divididos entre 365. Con un contrato de septiembre a noviembre (91 días) y un salario de 400 pesos diarios, son 15 × 91 ÷ 365 = 3.74 días de salario: 1,495.89 pesos. Si tu contrato termina antes de diciembre, te lo tienen que pagar en tu finiquito, sin esperar al día 20.

Sí Medio tiempo o por horas

El aguinaldo son 15 días de tu salario, sea el que sea. No existe el «medio aguinaldo». Si cobras 4,500 pesos al mes por medio tiempo, tu salario diario es de 150 pesos (4,500 entre 30) y tu aguinaldo mínimo, de 2,250 pesos.

Sí Comisionistas y sueldos variables

Cuando lo que ganas cambia cada mes, el artículo 89 dice que el salario diario es el promedio de lo que ganaste en los últimos 30 días trabajados. Las comisiones cuentan. Si un vendedor de autos juntó 18,000 pesos entre sueldo base y comisiones en ese periodo, su salario diario es de 600 pesos y su aguinaldo mínimo, de 9,000 pesos.

Sí Trabajadoras y trabajadores del hogar

Desde la reforma de 2019, la ley les reconoce expresamente el aguinaldo, las vacaciones, la prima vacacional y la seguridad social, igual que a cualquier otra persona trabajadora. Si trabajan pocos días por semana, el salario diario se saca dividiendo lo que ganan a la semana entre 7.

Caso Tres días por semana, a 450 pesos el día
Lo que gana a la semana (3 × 450)
$1,350.00
Salario diario (1,350 ÷ 7)
$192.86
Días de aguinaldo
15
Aguinaldo de un año completo
$2,892.86

Si trabaja en varias casas, cada una le paga el aguinaldo de lo que ella cobra ahí.

Depende Honorarios y «asimilados a salarios»

Si de verdad trabajas por tu cuenta (eliges tus horarios, tienes varios clientes, cobras por proyecto y nadie te da órdenes sobre cómo hacer tu trabajo), no hay relación laboral y no te toca aguinaldo.

Pero si te contrataron «por honorarios» y en la práctica tienes horario, jefe, lugar fijo y un pago cada quincena, es una relación de trabajo con otro nombre, y la ley atiende a los hechos. En ese caso puedes reclamar el aguinaldo, y también las vacaciones, la prima vacacional y el alta en el IMSS. Guarda lo que lo demuestra: correos o mensajes con instrucciones, tu horario, el gafete, los depósitos periódicos.

Sí, en cada pago Repartidores y conductores de aplicaciones

Con la reforma de trabajo en plataformas digitales, que entró en vigor a mediados de 2025, quien trabaja para una aplicación es persona trabajadora. Pero su aguinaldo funciona distinto: el pago de cada viaje o entrega ya incluye la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y descanso semanal. Por eso no hay un pago aparte en diciembre. Quien gana al menos un salario mínimo mensual con la plataforma queda, además, con seguridad social completa.

Sí, 40 días Trabajadores del gobierno federal

La ley de los burócratas federales (artículo 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado) marca 40 días de salario, sin descuentos: la mitad antes del 15 de diciembre y la otra mitad a más tardar el 15 de enero. En los estados y municipios manda su propia ley, y suele ser también más de 15 días.

Sí Si renunciaste o te despidieron antes de diciembre

La parte proporcional del aguinaldo es tuya aunque el 20 de diciembre ya no trabajes ahí. Va dentro del finiquito, junto con las vacaciones y la prima vacacional que no hayas cobrado. Puedes calcular cuánto es con la calculadora de aguinaldo proporcional.

Sí Personal de confianza, gerentes y directivos

Los trabajadores de confianza tienen los mismos derechos básicos que los demás, y el aguinaldo es uno de ellos. Lo único distinto es que, con sueldos altos, una parte mayor del aguinaldo paga ISR.

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Cuánto te toca en cada caso

Los mismos casos de arriba, con la cifra de un año completo (o del tiempo trabajado, si fue menos). Son cantidades antes de impuestos: los primeros 3,519.30 pesos del aguinaldo (30 UMA de 2026) no pagan ISR, así que casi todos estos aguinaldos llegan completos.

Aguinaldo mínimo de ley en 2026, según el caso
CasoSalario diarioDíasAguinaldo
De planta, 12,000 al mes, año completo$400.0015$6,000.00
Eventual de septiembre a noviembre$400.003.74$1,495.89
Medio tiempo, 4,500 al mes$150.0015$2,250.00
Trabajadora del hogar, 3 días a 450$192.8615$2,892.86
Comisionista, 18,000 en 30 días$600.0015$9,000.00

Para tu caso exacto, con fechas de entrada o salida y el ISR que te van a retener, usa la calculadora de aguinaldo.

Cómo y cuándo te lo tienen que pagar

  • A más tardar el 20 de diciembre. Pueden pagarlo antes o en partes, pero ese día tiene que estar completo.
  • En dinero. El aguinaldo es salario, y el salario se paga en moneda de curso legal (artículo 101): en efectivo, por depósito o por transferencia. No en vales, en despensa ni en productos de la empresa.
  • Con su recibo. Tiene que aparecer en un recibo de nómina timbrado, con la parte exenta y la parte que paga ISR por separado. Si no sabes leerlo, está explicado en cómo leer tu recibo de nómina.
  • Sin «quitas». Lo normal es que el único descuento sea el ISR de la parte que pasa de 30 UMA. Si te dan menos de lo que te toca, puedes reclamar la diferencia.

Preguntas frecuentes

¿Me toca aguinaldo si tengo menos de un año trabajando?

Sí, la parte proporcional a los días que trabajaste en el año. Si entraste el 1 de julio, te tocan 184 días de 365: alrededor de la mitad del aguinaldo completo.

¿Me pueden pagar el aguinaldo en vales o en despensa?

No. El aguinaldo es parte del salario y el salario se paga en dinero: en efectivo, por depósito o por transferencia. Los vales pueden ser una prestación extra, pero no sustituyen al aguinaldo.

Estoy contratado por honorarios, ¿puedo reclamar aguinaldo?

Si en la práctica tienes horario, jefe, lugar fijo y pagos periódicos, sí: es una relación de trabajo aunque el contrato diga otra cosa, y la ley atiende a los hechos. Si trabajas de verdad por tu cuenta, no.

¿Los repartidores de aplicaciones reciben aguinaldo en diciembre?

No por separado. Desde la reforma de plataformas digitales de 2025, el pago de cada servicio ya incluye la parte proporcional del aguinaldo, de las vacaciones, de la prima vacacional y del descanso semanal.

¿Cuántos días de aguinaldo tienen los trabajadores del gobierno?

Los del gobierno federal, 40 días de salario: la mitad antes del 15 de diciembre y la otra mitad a más tardar el 15 de enero. En estados y municipios depende de la ley de cada uno.