GUÍA·02Trabajo y nómina · México7 min de lecturaRevisada el 4 de octubre de 2026
Si no te pagan el aguinaldo o el finiquito
Cuánto tiempo tienes, qué pruebas juntar, cómo pedirlo por escrito y a quién acudir sin pagar nada. Paso a paso, con la conciliación que es obligatoria desde la reforma laboral.
Por Paul Ivan Garcia Mora ·
Primero, el plazo: cuánto tiempo tienes
Antes que nada, mira el calendario. Los derechos laborales no se pierden porque la empresa diga que no, pero sí se pierden si dejas pasar el plazo para reclamarlos (la ley lo llama prescripción). Y los plazos no son iguales para todo:
| Qué reclamas | Plazo | Empieza a contar |
|---|---|---|
| Aguinaldo | 1 año | Al día siguiente de cuando debieron pagarlo. El de 2026, desde el 21 de diciembre de 2026. |
| Finiquito, vacaciones, prima vacacional, salarios atrasados | 1 año | Al día siguiente de cuando debieron pagártelos. |
| Despido sin causa (indemnización o reinstalación) | 2 meses | Al día siguiente del despido. |
El de un año es el plazo general (artículo 516); el de dos meses, el del despido (artículo 518). El segundo es muy corto y es el que más gente pierde: si te despidieron, no esperes a que «te llamen para arreglarlo». Presentar la solicitud de conciliación, que se explica más abajo, detiene la cuenta mientras dura el trámite.
Junta tus pruebas desde hoy
No hace falta tenerlo todo, pero cuanto más tengas, más fácil. Guarda copias fuera de los aparatos y las cuentas de la empresa (si te dan de baja el correo o te piden el celular de la empresa, se van con ellos):
- Tus recibos de nómina. Aunque la empresa no te los haya dado, están en el SAT: en sat.gob.mx, entra a «Factura electrónica» y luego a «Consultar facturas recibidas», con tu RFC y tu contraseña. Ahí aparece cada pago timbrado, con su fecha y su monto.
- Tu constancia de semanas cotizadas del IMSS. Se descarga en la app IMSS Digital o en la página del IMSS con tu CURP. Dice qué empresa te tiene dado de alta, desde cuándo y con qué salario.
- Los estados de cuenta donde te depositaban el sueldo.
- Tu contrato, si lo tienes, el gafete, el uniforme o cualquier cosa con el nombre de la empresa.
- Mensajes y correos con tu jefe o con recursos humanos: instrucciones, horarios, promesas de pago.
- Tu carta de renuncia con el acuse, o lo que te hayan dicho o dado por escrito al despedirte.
Pídelo por escrito
Muchos casos se arreglan aquí. Un mensaje claro, con fechas y cantidades, deja constancia de que lo pediste y, a veces, basta para que alguien en la empresa se mueva. Mándalo por correo o por WhatsApp a tu jefe y a recursos humanos, y guarda la captura.
Asunto: Pago de mi aguinaldo de 2026 / mi finiquito
Buenos días:
Trabajo (o trabajé) en nombre de la empresa como puesto desde el fecha de entrada. A la fecha no he recibido el pago de mi aguinaldo de 2026 / mi finiquito por mi renuncia del día…, que debía pagarse el fecha.
Les pido que me lo paguen, con su recibo de nómina, a más tardar el fecha, unos cinco días hábiles después. Según mis cálculos, la cantidad es de cantidad pesos antes de impuestos.
Quedo pendiente de su respuesta.
Tu nombre
Tu teléfono
Para poner la cantidad, calcúlala antes con la calculadora de aguinaldo o con la de finiquito: saber la cifra exacta evita que te ofrezcan «lo que se pueda».
Asesoría gratis: ¿federal o local?
Si el mensaje no funciona, no necesitas pagar un abogado para dar el siguiente paso. Hay procuradurías del gobierno que te asesoran, te acompañan a la conciliación y, si hace falta, te representan en el juicio, sin cobrarte nada. Cuál te toca depende del tipo de empresa:
- Local (la gran mayoría). Tiendas, restaurantes, oficinas, escuelas particulares, talleres, despachos, casas particulares… Te atiende la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de tu estado, y la conciliación se hace en el Centro de Conciliación Laboral de tu estado.
- Federal. Las ramas que enumera el artículo 527 de la ley, como la automotriz, la minera, la química y farmacéutica, la de alimentos empacados y bebidas, la textil, la eléctrica, la de hidrocarburos o la banca, además de las empresas que trabajan con contrato o concesión del gobierno federal. Te atiende la PROFEDET (800 911 7877) y la conciliación se hace en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Si no sabes cuál es la tuya, llama a la PROFEDET de todas formas: te dicen a dónde ir.
La conciliación, paso a paso
Desde la reforma laboral, antes de demandar hay que intentar un acuerdo en un Centro de Conciliación. No es un juicio: es una reunión con un conciliador, gratis y rápida. La ley marca un máximo de 45 días naturales para todo el trámite.
- Presentas la solicitud en el Centro de Conciliación que te toca, en persona o por internet. Sólo piden tus datos, el nombre y la dirección de la empresa, y qué reclamas.
- Te dan fecha de audiencia y el Centro cita a la empresa. Desde ese momento se detiene la cuenta del plazo para reclamar.
- Vas a la audiencia, sola o solo, o con alguien de la procuraduría. El conciliador escucha a las dos partes y propone un arreglo.
- Si hay acuerdo, se firma un convenio con la cantidad y la fecha de pago. Si la empresa no lo cumple, se puede exigir como si fuera una sentencia.
- Si no hay acuerdo, o la empresa no se presenta, te dan una constancia de no conciliación. Con ella puedes presentar la demanda ante el Tribunal Laboral, y la procuraduría puede llevar tu caso.
- 31 de octubre
- Entrega su renuncia con acuse. Le dicen que el finiquito sale «en la próxima quincena».
- 20 de noviembre
- No le han pagado. Calcula su finiquito con la calculadora y manda el mensaje por correo, con la cantidad y un plazo de cinco días.
- 1 de diciembre
- Sin respuesta. Llama a la procuraduría de su estado, que le ayuda a llenar la solicitud de conciliación.
- Mediados de diciembre
- En la audiencia, la empresa ofrece pagar en dos partes. Rosa revisa que la suma sea la que le corresponde y firma el convenio.
Su plazo para reclamar llegaba hasta finales de 2027: nunca estuvo en riesgo, pero actuar pronto le ahorró meses.
Lo que no conviene hacer
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta reclamar mi aguinaldo o mi finiquito?
Nada. La conciliación es gratuita y las procuradurías de la defensa del trabajo, la federal (PROFEDET) y las de cada estado, asesoran y representan sin costo. Si prefieres un abogado particular, es tu decisión, pero no es obligatorio.
¿Me pueden despedir por reclamar mi aguinaldo?
Reclamar un derecho no es una causa de despido. Si te despiden por eso, es un despido injustificado y tienes dos meses para reclamar la indemnización, además de lo que ya te debían.
¿Necesito abogado para ir a la conciliación?
No. Puedes ir sin abogado, o con una persona de la procuraduría que te acompañe sin costo.
Me pagaron sólo una parte, ¿puedo reclamar el resto?
Sí. La diferencia se reclama igual que el total, dentro del mismo plazo de un año. Calcula la cantidad correcta y pide por escrito lo que falta.
¿Qué pasa si dejo pasar el plazo?
La empresa puede alegar que el derecho prescribió y el tribunal le dará la razón. Por eso conviene presentar la solicitud de conciliación pronto: mientras dura el trámite, el plazo se detiene.